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Sunday, June 29, 2008

Más defensores que defendidos

EN CHILE EXIJAMOS LA DEFENSORIA DE LAS PERSONAS= OMBUDSMAN

Más defensores que defendidos

La creación de las defensorías de la Igualdad y del Menor, junto con organismos como el Síndico vitoriano o el Bararteko atomizan la tradicional figura del ombudsman. Hay quien cree, sin embargo, que es una forma de malgastar recursos

http://www.noticiasdealava.com/ediciones/2008/06/29/sociedad/euskadi/fotos/5158818.jpg

Iñigo Lamarca en su despacho de la sede del Ararteko ubicado en la calle Prado. FOTO: D.N.A.

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LA figura del ombudsman es uno de los grandes logros de las democracias europeas, paralelo a la creación del Estado del Bienestar. Se trata de un invento sueco, cómo no, que a punto de cumplir cien años (en 1909 se nombró al primero de estos defensores del pueblo) se ha extendido por los países y regiones europeos con más o menos influencia sobre la vida pública.

En Euskadi, el gran paso se dio en 1985, cuando se creó la figura del Ararteko para ejercer como voz y abogado del ciudadano. En esas más de dos décadas, Juan San Martín, Xabier Markiegi, Mertxe Agúndez e Iñigo Lamarca han atendido miles de consultas y quejas todos los años, pero el éxito ha llevado a una subdivisión de sus funciones que empieza a crear recelos en la clase política vasca, tanto por el gasto extra que supone multiplicar el personal y las sedes dedicados a estos menesteres como por la colisión de funciones que puede llegar a darse.

Más defensorías suponen más equipos de asesores, administrativos y locales, con el consiguiente gasto. Por otro lado, en el ámbito local, uno de los que más protestas genera por su cercanía al ciudadano, la figura del Síndico, ya presente en Vitoria, no está ni mucho menos generalizada. En todo caso, el consenso que suele generar la creación de este tipo de figuras empieza a estar cuestionada en el caso vasco, como quedó patente en la Cámara vasca el pasado 13 de junio.

Aquel día, el Parlamento eligió con una exigua mayoría a Rafael Masa Defensor de la Infancia y la Adolescencia (EHAK sumó sus votos al tripartito y permitió sacar adelante esta figura). Ni PP ni PSE ni Aralar, que se abstuvo, ocultaron su oposición a la nueva Defensoría, que se suma a la de la Igualdad entre Hombres y Mujeres, pues entienden que tantos organismos sectorializados se solapan entre sí y burocratizan la figura del ombudsman en demasía.

De hecho, la citada Defensoría de la Igualdad recibió el año pasado 51 quejas, una cifra escasa que se debe, según su titular, Maite Erro, a que el servicio es demasiado desconocido aún entre los ciudadanos, pues se creó en 2006. Sea o no así, lo cierto es que este tipo de organismos empiezan a proliferar en la administración vasca, aunque aún no en la local.

Aún así, el éxito del Síndico vitoriano (entre marzo de 2007 y el mismo mes de 2008 atendió 1.197 quejas y consultas) ha llevado a Barakaldo a crear su Bararteko, una figura que, al igual que en la capital alavesa, tendrá en la accesibilidad de edificios públicos, en los ruidos por las noches o en las actuaciones urbanísticas sus principales ocupaciones.

Mertxe Agúndez fue Ararteko en funciones durante cuatro años, entre 2000 y 2004, y por lo tanto conoce sobradamente el funcionamiento de la institución. Agúndez fue la parlamentaria socialista que defendió en la tribuna la oposición del PSE a la creación de una Defensoría del Menor, pues colisiona con el Ararteko, que "no puede hacer dejación de las competencias que le da el Estatuto de Autonomía" y cederlas al nuevo Defensor. Otra cosa es que "haya buen entendimiento".

La gran diferencia con otras comunidades estriba, según Agúndez, en que cuando se crean defensorías específicas, éstas dependen del Defensor generalista, y no del poder Ejecutivo. "En España se ha ido a un defensor generalista, como el Defensor del Pueblo Andaluz o el Procurador del Común, y en muchos sitios se han creado otras figuras, a alguna se le ha encomendado la tarea del menor, pero siempre bajo la institución principal", recuerda.

La ex Ararteko recuerda que la Comunidad de Madrid es la única que tiene una Defensoría del Menor independiente, pero porque no existe un ombudsman regional, ya que las quejas de carácter general se presentan ante el Defensor del Pueblo español, Enrique Múgica. En ese sentido, hace unos años tuvo lugar un Congreso de defensorías en el que se abogó por crear instituciones de carácter local, pero con un nombre distinto al del de la Comunidad autónoma, y elegido por el Pleno municipal de forma consensuada, sin que el alcalde lo haga "a dedo", explica Agúndez.

En cuanto a la Defensoría de la Igualdad, Agúndez señala que se trata de un caso más complejo, pues es una figura que nació limitada al campo privado.

En el PP fue Arantza Quiroga quien se opuso a la creación una Defensoría del Menor que "es inútil, porque suponía duplicar recursos habida cuenta de que el Ararteko ya trata esas cuestiones". Según la portavoz popular , "si algún flanco de esa protección al menor quedaba al descubierto debía cubrirse mediante la modificación de la Ley del Ararteko", pero finalmente "la Defensoría del Menor salió con los apoyos que salió".

Para los populares , sería necesario "reformar de nuevo la Ley del Menor para evitar que se cree esta figura, porque además desde nuestro punto de vista la Defensoría de la Mujer supone un antecedente importante". Esta figura, aún muy desconocida entre los ciudadanos, "nos cuesta dinero y su eficacia a la hora de cumplir objetivos está aún por ver". Según Quiroga, "la misma defensora está un poco desesperada porque no es capaz de darle utilidad a la institución, ya que no era una demanda de la ciudadanía, sino más bien la decisión del Gobierno Vasco de crear otro chiringuito". La parlamentaria del PP cree que la Defensoría del Menor va en la misma línea, y considera además que, ya que se ha aprobado, debería implantarse con todas las consecuencias. "Si realmente queremos que una institución de este tipo sea eficaz necesita tener una importante infraestructura. Debería haber una sede en cada territorio, si queremos que esté al alcance de los ciudadanos, y eso supone triplicar los costes. Existiendo ya la figura del Ararteko, que tiene un área dedicada al Menor con unos profesionales que saben de lo que hablan, con propuestas concretas, nos parece que con eso es suficiente", concluye.

Desde Aralar se remiten a la intervención realizada en la Cámara vasca, en la que optaron por la abstención. Entonces, Aintzane Ezenarro defendió que la Defensoría del Menor debería funcionar como un órgano adjunto al Ararteko, no dependiente del Ejecutivo, como el propio Defensor del Pueblo Vasco apuntó en su día. De ese modo, al igual que opina Mertxe Agúndez, se evitarían colisiones competenciales.

 


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Monday, June 23, 2008

DEFENSOR DEL PUEBLO ARGENTINO: Otra presión para el Congreso: definir la movilidad jubilatoria

DEFENSOR DEL PUEBLO: EXIJAMOS LA LEY EN CHILE

Otra presión para el Congreso: definir la movilidad jubilatoria

Duro cruce entre la Anses y el ombdusman por el fallo que ordenó aumentar haberes. El organismo estatal confirmó que apelará la medida porque, según entiende, no corresponde. Las críticas de Mondino.
EXPECTATIVAS. Mientras esperan un aumento en julio, los jubilados ya piensan en otro reajuste de su ingreso. LA GACETA / ENRIQUE GALINDEZ

Tres pasos hacia la decisión


La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del sistema de movilidad previsto por la ley 24.463 y ordenó sustituirlo por el índice de Salarios del Indec.

Como el fallo sólo se aplicaba para el caso del jubilado Adolfo Badaro, el máximo tribunal recomendó al Gobierno nacional legislar sobre la materia. 

El ombudsman promovió una demanda para tutelar el aspecto colectivo de todos los jubiladores que podrían verse alcanzado por ese derecho.


El invierno no trajo el frío al Congreso. Por el contrario, "calentó" la agenda de temas pendientes de resolución. Además de definir las retenciones móviles, el Parlamento tendrá otra brasa candente: definir la movilidad jubilatoria a través de uno de los 40 proyectos presentados por sus integrantes. El tema se aceleró luego de que el juez federal de la Seguridad Social 9, Alberto Ize, dispuso que, al menos 1,2 millón de jubilados, pueden beneficiarse, de manera automática, con la actualización de sus haberes a partir del Indice de Salarios, que difunde el Indec. 
La decisión judicial, que será apelada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), puede llegar a ocasionarle un costo adicional al Estado de $ 3.000 millones anuales, tomando la causa iniciado por Adolfo Badaro, como testigo para el juicio colectivo. "Este fallo, como otros, obliga a los diputados y a los senadores a resolver si derogan o modifican siete artículos de la Ley 24.463 (de Solidaridad Previsional)", señaló ayer a LA GACETA, María Teresa Apud de Giuliano, experta de la comisión laboral y previsional del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas. Recordó que hace tres semanas se constituyó la comisión previsional de la Cámara Baja. 
El magistrado hizo lugar a una solicitud realizada por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, quien se fundamentó en el beneficio que marcó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el denominado caso Badaro. El alto tribunal había fijado que debían ser ajustadas las jubilaciones en un 88,6% según la variación de los salarios. Si prospera esta decisión, mensualmente los haberes de los jubilados y pensionados deberían ser ajustados por el Indice de Salarios del Indec.
El director ejecutivo de la Anses, Amado Boudou, ratificó ayer que se apelará el fallo judicial que ordena el incremento de haberes, debido a que "es incorrecto, porque ya el 85% del sector pasivo ha recibido aumentos". Por su parte, el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, se quejó de que el organismo tiene "una capacidad para joderle la vida de los jubilados", luego de que esa institución anunciara la apelación.
Boudou consideró que "la noticia presentada así -en referencia a la orden judicial-, sube demasiado las expectativas de los jubilados, pero no es tan así".
Mondino consideró que la postura de la Anses, de apelar el fallo, significa "algo vergonzoso por parte del Estado, que es incapaz de entender la problemática que tienen más de un 1,2 millón de mayores, quienes cobran jubilaciones de $ 900, $ 800 y $ 700", dijo el ombudsman en declaraciones reproducidas por DyN.


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Saturday, June 21, 2008

Piden informes sobre la Defensoría del Pueblo

DEFENSOR DEL PUEBLO
Piden informes sobre la Defensoría del Pueblo

La diputada Alicia Gutiérrez (Frente Progresista) ingresó a la Cámara de Diputados dos proyectos de declaración en el que solicita a la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informe: nómina completa de su personal permanente y provisorio, lugares de prestación de servicios, categoría y funciones, altas, bajas y adscripciones.
Solicita además nómina de los profesionales contratados, montos de los honorarios y viáticos percibidos, y también el número de actuaciones discriminados por delegación y resultado de las actuaciones administrativas realizadas.
En sus fundamentos la legisladora expone que la ley 10.396 dispuso la creación de la Defensoría del Pueblo en la órbita del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe. La misma norma dispuso que cada Cámara legislativa se vincula constitucionalmente con el Defensor del Pueblo "a través de sendas Comisiones" constituidas al efecto.

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Sunday, June 15, 2008

=?iso-8859-1?Q?[Posible SPAM]=20?= Proponen legitimación procesal para el Defensor del PuebloEl Senador por el departamento San Cristóbal, Felipe Michlig, fundamentó un Proyecto de Ley,

DEFENSOR DEL PUEBLO:

Proponen legitimación procesal para el Defensor del Pueblohttp://www.sinmordaza.com/modules.php?name=IndyNews&MediaOp=show&idMediaAss=s53894&MediaName=Michlig,Felipe.jpg.mlnk&MediaNum=1

 

El Senador por el departamento San Cristóbal, Felipe Michlig, fundamentó un Proyecto de Ley, acompañado por la firma de los senadores Alcides Calvo, en representación del bloque del Frente para la Victoria, y Federico Pezz, por el bloque del Frente Progresista Cívico y Social, el cual propone una modificación a la Ley que creó en la provincia la Defensoría del Pueblo, con el objeto de otorgarle legitimación procesal al ombusdman provincial, dentro de sus competencias y atribuciones. Fuente: SM 

"Conferirle de manera indubitable y expresa esta legitimación procesal en tanto no se modifique la Constitución provincial e investirlo de dicha facultad permitirá al funcionario el desarrollo de manera integral de su rol que hoy se ve disminuido al no admitirse presentaciones efectuadas en distintas sedes judiciales por desconocerle en esas instancias legitimación procesal, pese a tratarse de hechos concretos en los que se conculcan derechos colectivos", sostuvo el legislador provincial.

La iniciativa consta de un solo artículo que dispone agregar al Art. º 1 de la ley 10.396 un párrafo que expresa que "el Defensor del Pueblo tendrá legitimación procesal en el marco de las competencias y atribuciones contempladas (en el párrafo que le precede) y en protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes vigentes".

En los fundamentos del proyecto, Michlig recuerda como antecedentes una presentación similar de la diputada (MC) Alicia Tate, que tuvo dictamen favorable y preferencia pero al no haber sido tratada a fines de 2004 caducó, y que mantiene plena vigencia ya que procura salvar una omisión en la redacción de la mencionada norma, que impide al Defensor del Pueblo de la provincia hacer más efectiva la protección de los ciudadanos.

Ejemplo de ello son las actuaciones llevadas a cabo por el ombudsman de Santa Fe para reclamar por demoras injustificadas en la entrega de los documentos de identidad, situación que cercena el derecho a la identidad de decenas de miles de ciudadanos, acciones ante empresas prestadoras o concesionarias de servicios públicos por falencias de funcionamiento o desconocimiento de la normativa sobre derechos de los usuarios, y situaciones de daño ambiental.

En ese sentido, Michlig considera que los fundamentos de la diputada Tate mantienen plena vigencia cuando argumenta que la reforma constitucional de 1994 incorpora en el art. 86 de la Constitución Nacional, la figura del Defensor del Pueblo con legitimación procesal para garantizar el cumplimiento de los derechos y garantías que la propia Carta Magna reconoce. Si bien la norma fue incorporada en el plexo constitucional en relación con el control del estado nacional y de los entes privatizados de servicios públicos nacionales, existe una omisión legislativa en nuestra provincia ya que si bien el instituto del Defensor del Pueblo de la provincia fue creado en el año 1991, no se le otorgó legitimación procesal.

En consecuencia, y hasta tanto se reforme la Constitución de la provincia y se conceda a la Defensoría del Pueblo rango constitucional, Michlig propone salvar la omisión por vía legislativa con el agregado del párrafo mencionado al final del art. 1º de la ley 10.396 a fin de que pueda cumplir su función de manera integral en defensa, básicamente, de los sectores más vulnerables de la sociedad y con escasas o nulas posibilidades de acceso a la justicia.

Texto definitivo: de sancionarse la ley el art. 1º quedaría redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1. Créase en la órbita del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe, la Defensoría del Pueblo, cuyo objetivo fundamental será el de proteger los derechos e intereses de los individuos y de la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública Provincial y sus agentes que impliquen un ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, incausado, gravemente inconveniente, inoportuno de sus funciones, o configuren una desviación de poder. Asimismo tiene a su cargo la defensa de los intereses difusos o derechos colectivos de la comunidad. Esta institución tendrá oficinas en las ciudades de Santa Fe y Rosario.

El Defensor del Pueblo tendrá legitimación procesal en el marco de las competencias y atribuciones contempladas en el párrafo anterior y en protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes vigentes."

 


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Thursday, June 12, 2008

ARGENTINA: Gobierno de Cristina Fernandez desafía al Defensor del Pueblo

Gobierno de Cristina desafía al Defensor del Pueblo
Published: jun. 9, 2008 at 12:20 AM
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BUENOS AIRES, jun. 8 (UPI) -- El gobierno de la presidenta Cristina Fernández desafiaría hoy al Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, y al no asistir a una reunión convocada por éste.

El Defensor, tras reunirse en los últimos días con las entidades del campo por el conflicto que llevan adelante con el ejecutivo, convocó a un encuentro en su despacho y con autoridades del gobierno nacional.

Sin embargo, desde el gobierno se desechó la convocatoria de Mondino, dejándose entrever que no tendría la autoridad para convocar al ejecutivo a un encuentro, lo que molestó de sobremanera al Defensor.

"El gobierno no debe confundir su situación con el agro con las obligaciones que tiene con el Ombudsman. Con el campo puede tomar las decisiones que quiera, con el Ombudsman tiene que tomar decisiones enmarcadas en la Constitución y yo las voy a hacer cumplir", acotó.

LATAM: Reporte


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Wednesday, June 11, 2008

DEFENSOR DEL PUEBLO UN ARTICULADO INTERESANTE PARA LA LEY DE DEFENSORIA DE LAS PERSONAS EN CHILE

DEFENSOR DEL PUEBLO= DEFENSORIA DE LA PERSONAS
 
ESPAÑA ALFARO:
UN ARTICULADO INTERESANTE DE REVISAR EN CHILE A LOS EFECTOS DE LA DEFENSORIA DE LAS PERSONAS EN ESTUDIO EN EL CONGRESO CHILENO
 
articulado de la Defensoría del Pueblo, es el siguiente:


Art. 1.- La Defensoría del Pueblo.- Es una institución de derecho público, encargada de proteger los derechos humanos.


La Defensoría del Pueblo gozará de independencia y autonomía económica y administrativa. Los recursos necesarios para su funcionamiento se transferirán del Presupuesto General del Estado.


Art. 2.- Del Defensor/a del Pueblo.- Para la defensa de los derechos habrá un/a Defensor/a del Pueblo, con jurisdicción nacional que incluye embajadas y consulados de Ecuador en el exterior, y funcionará de manera desconcentrada, a través de sus delegados/as en cada provincia. Sus funciones durarán cinco años, gozará de fuero e inmunidad en los términos que señale la ley y no podrá ser reelegido. Rendirá informe anual de labores a la Asamblea Nacional. Podrá ser destituido previo juicio político.


La ley establecerá el procedimiento y los requisitos necesarios para la designación del Defensor del Pueblo y para la participación de la ciudadanía a fin de que rinda cuentas y sea fiscalizado por su labor.


Art 3.- Funciones.- Serán funciones del Defensor del Pueblo:


1. Defender y excitar la observancia de los derechos individuales y colectivos y las garantías que esta Constitución, la ley y los instrumentos internacionales reconocen; e investigar de oficio o a petición de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento.


2. Interponer de oficio o a petición de parte las acciones constitucionales, judiciales o administrativas que fueren necesarias para la protección de los Derechos Humanos.


3. Orientar e informar sobre sus derechos a las personas extranjeras en territorio nacional.


4. Formular proyectos de ley, de reformas a leyes, recomendaciones, dictámenes y propuestas, con el fin de preservar y ampliar la protección de los Derechos Humanos.


5. Investigar y elaborar informes independientes sobre el estado de los Derechos Humanos y la adecuación de las normas y prácticas a los estándares internacionales de Derechos Humanos en el Ecuador.


6.Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos y privados, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos y difusos de las personas, los usuarios y consumidores, contra las arbitrariedades, desviaciones y errores cometidos en la prestación de las funciones, servicios y productos, interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias para exigir al Estado o a quien corresponda, el resarcimiento a las personas por los daños y perjuicios que les sean ocasionados.


7. Promover la capacitación ciudadana en el ejercicio de los Derechos Humanos.


8. Acceder a todos los archivos y lugares, sin previo aviso, para investigar sobre la inobservancia de los derechos de las personas, de conformidad con la Constitución y ley.


9. Proteger y defender los derechos de los ecuatorianos/as en el extranjero.


10. Realizar las acciones necesarias para la prevención, suspensión y reparación de la tortura.


11. Las demás funciones que le asigne la Constitución y la ley.


Todas las personas tendrán el deber de cooperar con la Defensoría del Pueblo. Si el Defensor/a considerara que existe incumplimiento por parte de funcionarios o servidores públicos, podrá iniciar las acciones correspondientes para que se los sancione disciplinariamente y en su informe anual incluirá un registro de las personas renuentes a colaborar.


Art 4.- Prevención de la Tortura.- El Defensor del Pueblo podrá designar, en cualquier momento, de oficio o a petición de parte, una comisión integrada por tres personas de reconocida solvencia moral y compromiso en la defensa de Derechos Humanos, para que realicen visitas preventivas a cualquier lugar de privación de la libertad. Esta Comisión tendrá las siguientes facultades:


1. Seleccionar y acceder a los lugares de privación de la libertad sin autorización ni notificación previa.


2. Acceder a toda la información relativa al trato y condiciones de personas privadas de la libertad. La Comisión podrá entrevistarse con cualquier persona que considere pertinente.


3. En caso de existir cualquier tipo de tortura, trato o pena crueles, inhumanos o degradantes, la Defensoría del Pueblo tomará las medidas necesarias para hacer cesar la violación a los Derechos Humanos.


4. La información confidencial recogida por la Comisión tendrá carácter reservado. Una vez comprobada la tortura u otro trato o pena cruel, inhumana o degradante, la información podrá ser pública. No podrán publicarse datos personales sin el consentimiento expreso de la persona interesada.

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Monday, June 09, 2008

MOMENTOS DECISIVOS PARA EL PROYECTO DE DEFENSORIA DE LAS PERSONAS: PASA A CONOCIMIENTO Y VOTACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS !

CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN

 

MOMENTOS DECISIVOS PARA EL PROYECTO DE DEFENSORIA DE LAS PERSONAS: PASA A CONOCIMIENTO Y VOTACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS !

-Comentario preliminar del Capítulo Chileno del Ombudsman-

El proyecto de reforma constitucional que crea la Defensoría de las Personas (ombudsman) ha logrado un gran y significativo avance: ha sido aprobado por unanimidad por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados y ha pasado a la Sala de la Cámara de Diputados para su discusión, aprobación o rechazo.

En efecto, tras su aprobación en general, el miércoles 3 de Mayo, el proyecto fue aprobado en particular por la Comisión de Derechos Humanos, contándose actualmente con el primer proyecto aprobado por una instancia legislativa desde 1991, año en que por primera vez se presentara un proyecto en la materia. Cabe señalar que facilitó la unanimidad de la votación de los diputados de la Comisión presentes, la elaboración de una indicación sustitutiva por diputados de las distintas bancadas representadas en la citada Comisión (diputados Sra. Rubilar y sres. Aguiló, Chahuán, Jiménez y Ojeda).

El Presidente del Capítulo Chileno del Ombudsman, Juan Domingo Milos, tuvo la oportunidad de participar, en calidad de invitado, en este significativo momento en la historia de la institución del ombudsman en nuestro país.

La iniciativa de la Defensoría de las Personas, se juega pues su destino en la votación, en sala, de la Cámara de Diputados, requiriéndose un quórum de tres quintos para su aprobación o rechazo. Es posible además que se formulen indicaciones.

Al mas breve plazo se publicará en esta página el texto del proyecto aprobado por la Comisión, pero desde ya puede resumirse las principales disposiciones:

  • El órgano constitucional se denominará Defensoría de las Personas.
  • Como finalidad de la Defensoría de las Personas, se establece que "velará por la promoción, tutela y protección de los derechos y garantías asegurados en la Constitución Política de la República, en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y en las leyes, ante actos u omisiones de órganos y servicios de la administración pública y de personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública".
  • Para el cumplimiento de sus funciones, podrá requerir información y verificarla, en relación "a la actividad de los órganos de la Administración del Estado y de los prestadores de servicios públicos, pudiendo formular sugerencias, recomendaciones e informes a las respectivas autoridades, los que no tendrán carácter de vinculantes. Los órganos o personas requeridas estarán obligados a proporcionar la información solicitada".
  • Le corresponderá asimismo, sin perjuicio de la facultad de otros órganos, "asumir la defensa de aquellos derechos que tengan impacto colectivo o involucren a una pluralidad de individuos". Podrá para ello "requerir el pronunciamiento de tribunales ordinarios o especiales, a través de acciones y recursos que permitan restablecer los derechos fundamentales afectados".
  • El Defensor de las Personas "será designado por el Presidente de la República, con acuerdo de la Cámara de Diputados, adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto".
  • El Defensor deberá tener a lo menos diez años de título profesional, haber cumplido cuarenta años de edad, durará cinco años en el cargo, podrá ser reelegido por una sola vez. No podrá optar a cargos de elección popular sino después de transcurridos dos años de concluido su cargo.
  • Se establece para la Defensoría, entre otras, la función de mediación entre el o los afectados y las autoridades públicas.

Comentario preliminar

El Capítulo Chileno del Ombudsman aprecia con satisfacción la expedita tramitación que ha dado al proyecto la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y reconoce asimismo la iniciativa del Gobierno para mantener su urgencia, así como su disposición a recoger diversos aportes surgidos durante la discusión en general.

Varias de las disposiciones hoy aprobadas coinciden con pronunciamientos previos y permanentes del Capítulo Chileno del Ombudsman y nos complace haber contribuido mediante nuestros documentos y nuestra participación, en calidad de invitados, en las sesiones de la citada Comisión.

  1. Señalamos como positivo que se haya añadido como finalidad, salvando una omisión, la función esencial de una Defensoría de las Personas, cual es la promoción de los derechos y garantías constitucionales
  2. Nos parece acertado que se haya consagrado en el texto la posibilidad de acción de la Defensoría en relación a "las leyes" y no solo en relación a los derechos y garantías recogidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
  3. Nos parece asimismo clara la referencia a las actuaciones de la Defensoría frente a vulneraciones en que pudieren incurrir las personas naturales y jurídicas que atiendan servicios de utilidad pública, no solo pues los órganos de la Administración.
  4. En cuanto al nombre, hubiéramos preferido Defensoría del Pueblo, pero tiene también méritos el de Defensoría de las Personas.
  5. Es también positivo que se consagre para la Defensoría la posibilidad de defensa en sede jurisdiccional, de los derechos que tengan impacto colectivo o involucren una pluralidad de individuos, de manera amplia, sin mención a tribunales específicos.
  6. Nos parece poco conveniente que se haya mantenido la restricción de la acción de la Defensoría "ante actos u omisiones de la administración pública…que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública". Por dos órdenes de razones: por un lado reduce el ámbito de competencia, restando las intervenciones de alcance general, "erga omnes", que tienen internacionalmente determinadas actuaciones de los ombudsman, y, por otro, se refiere a la "administración pública" término superado y restrictivo a las actuaciones del Gobierno, debiendo haber señalado "a la Administración del Estado", en los términos de la Ley de Bases.
  7. Para el cumplimiento de sus funciones, no se recogió la facultad de "investigar" que contempla el Mensaje del proyecto, ni la de "inspeccionar" que figuraba en el proyecto primitivo del Gobierno, que son esenciales para que tengan sustento y relevancia las actuaciones de la Defensoría. Pero, felizmente, tampoco se aprobó la que limitaba tal función únicamente a "requerir información" a los órganos objeto de la queja (última indicación del Gobierno) y se obtuvo una fórmula intermedia: "requerir información" con posibilidad de "verificarla". Se retrocedió pues en relación al proyecto primitivo y de quedar aprobada en Sala y luego en el Senado esta disposición, dependerá de su interpretación del legislador de la ley orgánica, para concluir si se ha contemplado o no un requisito esencial de la figura, de conformidad a la doctrina y legislación internacional.
  8. En cuanto a la designación del Defensor, advertimos una distorsión en relación a la naturaleza de la institución del ombudsman y los principios internacionales que la orientan, al dejarla en manos del Presidente de la República con aprobación de la Cámara de Diputados. A pesar que se requiere un alto quórum de la instancia legislativa (3/5 de sus miembros en ejercicio), a nuestro juicio, el órgano que tendrá por función velar por los derechos públicos de las personas, principalmente ante la Administración, no puede ser designado, sin grave perjuicio de credibilidad y legitimidad social, por la autoridad encargada constitucionalmente de la Administración del Estado. Nada dice el proyecto aprobado acerca de la proposición de nombre(s) y si queda asimismo en manos del o de la Presidente, este proyecto, además de acentuar el presidencialismo, agravaría la falta de un requisito esencial para los estándares internacionales, que requieren claramente, por razones de independencia, que la nominación se efectúe por la instancia legislativa. (Principios de Paris)
  9. Si bien no excluye que se contemple en la ley orgánica constitucional posterior, habría sido conveniente enunciar en la Constitución, en alguna medida, la participación ciudadana en la nominación del Defensor o Defensora y/o en la actividad del órgano

Celebramos pues los importantes avances obtenidos por el conjunto de los actores que propician el ombudsman en Chile y esperamos que las disposiciones menos logradas o debatibles sean abordadas con toda la información necesaria por los diputados y diputadas de la República.

Santiago, 07 de Junio de 2008



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Rodrigo González Fernández
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Los ruralistas se reúnen con el Ombudsman, pero el Gobierno ya anunció que no irá

Los ruralistas se reúnen con el Ombudsman, pero el Gobierno ya anunció que no irá

15:21

Ya se encuentran en la Defensoría del Pueblo los titulares de FAA, Sociedad Rural y CRA. El ministro Aníbal Fernández afirmó que "no hay nada que amerite que el Ombudsman tenga que actuar sobre políticas públicas". Así, se diluye una iniciativa a la que habían apostado las entidades para retomar el diálogo con el kirchnerismo.

El ingreso de los dirigentes de las entidades al encuentro con Eduardo Mondino. (TN)

Todo parece indicar que quedará trunca la gestión que el defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, planeaba realizar para acercar posiciones entre el campo y el Gobierno. Los titulares de las cuatro principales entidades ya comenzaron a llegar a la sede del Ombudsman, pero desde el Gobierno se mantienen firmes en el rechazo a la convocatoria. 

La reunión tenía comienzo pautado para las 15 y a esa hora empezaron a aparecer por la sede de la Defensoría, sucesivamente, Eduardo Buzzi, de la Federación Agraria; Mario Llambías, de Confederaciones Rurales Argentinas; y Luciano Miguens, de la Sociedad Rural. Se esperaba la llegada de Fernando Gioino, presidente de Coninagro.
 

De cualquier manera, y se esperaba que fuera así por las señales que dejó entrever el Gobierno nacional durante el fin de semana, el ministro de Justicia, Aníbal Fernández, confirmó temprano que
 ningún funcionario asistirá al encuentro convocado por Mondino. 

"No hay nada que amerite que el Defensor del Pueblo tenga que actuar sobre políticas públicas", dijo el titular de Justicia y usual vocero del Gobierno en estos asuntos para explicar la negativa oficial.
 

La dirigencia del agro desde entrado el fin de semana aguardó con poca expectativa la convocatoria a una mesa de negociación. Sin embargo, con el alto acatamiento de los ruralistas al levantamiento del paro se guardó una luz de esperanza que finalmente se frustró.
 

Pese a esto, un diálogo informal entablado entre la Mesa de Enlace con el ministro de Planificación, Julio de Vido, genera una pizca de expectativa para lo que viene en un conflicto que ya arrastra 90 días. Por otro lado, será hoy la propia presidenta, Cristina Kirchner, la que haga una serie de
 anuncios en los que podría incluir algunos beneficios para el campo. 

En este marco, el presidente de la Sociedad Rural Argentina (SRA), Luciano Miguens le pidió a los productores agropecuarios que
 tengan "inteligencia" y "la cabeza fría"para lograr un entendimiento con el Gobierno. De esa manera, instó a los ruralistas a que eviten nuevos cortes de rutas hasta esperar señales desde la Casa Rosada. 

Por su parte, el dirigente agrario Alfredo de Angeli advirtió que si el Gobierno finalmente no participa de la reunión convocada para esta tarde por el Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, "el pueblo lo condenará". "Para mí, en el mismo Gobierno está expresado que nosotros les cortemos las rutas, porque han de querer tapar otros problemas, como la inflación, el tema energético, el gasoil, entonces nos culpan a nosotros", señaló.
 

Por la mañana, Mondino insistió en que "no hay razón ni legal ni política para que el Poder Ejecutivo no participe" esta tarde de una audiencia con los representantes del campo, para resolver el conflicto que, consideró, "
no puede seguir en una dilación". 

"Por lo tanto si esta tarde el Estado Nacional no viene a las 15 horas, lo intimaré, como dice la ley, por 24 horas, y sino entrará en el proceso de obstaculización y ahí daré curso a los fiscales para que vean la conducta de los funcionarios", destacó.

 


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El Defensor del Pueblo pide a las aseguradoras más claridad en sus pólizas

CHILE NO TIENE LA INSTITUCION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO. EXIJAMOSLA.

 

El Defensor del Pueblo pide a las aseguradoras más claridad en sus pólizas

Madrid, 8 jun (EFECOM).- El Defensor del Pueblo pide a las aseguradoras que indiquen en sus pólizas los criterios que van a utilizar para aplicar el valor venal (el valor del vehículo en función de su antigüedad) como indemnización en caso de accidente.

En su Informe Anual 2007, la institución recomienda que las entidades sean más claras en este concepto para que los asegurados puedan conocer de forma clara y concreta la información sobre la prestación a percibir.

Según el Defensor del Pueblo, la referencia del valor venal como criterio de indemnización sin definir da facultades de interpretación a la entidad y supedita el cumplimiento de la prestación a su voluntad.

Así, aconseja a las entidades que especifiquen en las pólizas las fuentes de valoración o los criterios que usarán para aplicar el valor venal como indemnización.

La institución ha decidido incluir estas recomendaciones en su informe después de haber recibido varias reclamaciones de particulares que, tras sufrir un accidente y una vez valorados los daños, las compañías de seguros los califican como siniestro total y abonan sólo la indemnización por el valor venal y no por el valor real de la reparación. EFECOM lbm/pvr


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Thursday, June 05, 2008

ombudsman hace lo imposible pos destrabar conflicto del campo argentino

conflicto del campo argentino

El Defensor del Pueblo pide a camioneros que liberen rutas
InfoBAE.com - Buenos Aires,Buenos Aires,Argentina
Tal como lo había anticipado el lunes, luego de la reunión con las entidades rurales, el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, insistió en la ...
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Alberto Fernández pidió el levantamiento del lock-out para volver ...
La Razón (Argentina) - Capital Federal,Buenos Aires,Argentina
Queremos reanudar el diálogo; por eso, el Defensor del Pueblo prestó atención a nuestro reclamo y prometió preocuparse para mediar para que el diálogo se ...
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El ombudsman intentará restablecer el diálogo
La Gaceta Tucumán - Tucumán,Argentina
El defensor del pueblo de la Nación solicitó a los productores que no corten rutas para facilitar las negociaciones con la administración kirchnerista. ...
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El defensor del pueblo pidió a los camioneros que liberen las rutas
InfoCielo - La Plata,Buenos Aires,Argentina
En un mensaje a la Federación de Transportistas Rurales, el ombudsman de la Nación, Eduardo Mondino -con quien los titulares de las entidades del campo se ...
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El campo busca nuevos canales de negociación: gestión del ombudsman
Clarín.com - Buenos Aires,Buenos Aires,Argentina
Del despacho del defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, los ruralistas no se llevaron soluciones sino una promesa: el ombudsman realizará gestiones para que ...
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OMBUDSMAN QUIERE "DESTRABAR" CONFLICTO
AnsaLatina.com - Italy
BUENOS AIRES, 4 (ANSA)- El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, adelantó que buscará "destrabar" el conflicto del campo que se extiende desde ...
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Mondino pidió a los camioneros que liberen las rutas
infoBAE profesional - Buenos Aires,Argentina
En su carácter de interventor en el conflicto rural, el Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, le pidió a la Federación de Transportistas Rurales que ...
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El Defensor del Pueblo advierte a los camioneros: con cortes no se ...
Los Andes (Argentina) - Mendoza,Argentina
El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, les pidió hoy a los transportistas que cortan las rutas que le den "un poquito más de tiempo" para ...
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AGRO-OMBUDSMAN (1RA. ACTUALIZACION)

UN AGRO-OMBUDSMAN EN BUSCA DE SOLUCION A
GRAVE CONFLICTO DEL CAMPO ARGENTINO
 

AGRO-OMBUDSMAN (1RA. ACTUALIZACION) Sin titular
Invertia (Argentina) - Argentina
El Ombudsman nacional recibió esta tarde en la sede de la Defensoría del Pueblo de la Nación a representantes de la Federación Agraria Argentina (FAA), ...
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El ombusdman intercederá en el conflicto campo-Gobierno
La Capital Mar del Plata - Mar del Plata,Buenos Aires,Argentina
21:00 - El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, se comprometió hoy ante la Mesa de Enlace de entidades agropecuarias a interceder "en nombre ...
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El campo tiene quien lo escuche: el Defensor del Pueblo
Rosario3 - Santa Fe, Argentina
El ombudsman, quien aclaró que el organismo que preside "no es ente de mediación" pero que sí intervendrá ante el pedido del sector. ...
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Satisfacción de Mondino por la reunión con el campo
Perfil.com - Capital Federal,Argentina
El Defensor del Pueblo observo "voluntad de retomar el diálogo" por parte de las entidades. Audio del ombudsman. Declaraciones de Mondino tras reunión con ...
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Néstor Roulet habló con Radio Panorama sobre la reunión con ...
Diario Panorama - Santiago del Estero,Argentina
"Hay un defensor del pueblo, donde se puede ir a reclamar ciertas cuestiones cuando no vemos que hay reacciones en la parte legislativa y judicial. ...
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El nuevo IPC revelaría una inflación del 0,6% en mayo
InvertirOnline - Argentina
El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, dijo que trabajará con autoridades del Gobierno para "destrabar" el conflicto con el sector ...
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Los ruralistas acusan a los camioneros de "enrarecer el ambiente"
InfoBAE.com - Buenos Aires,Buenos Aires,Argentina
Buzzi destacó, además, la reunión que los dirigentes de la Mesa de Enlace mantuvieron ayer con el titular de la Defensoría del Pueblo, Eduardo Mondino, ...
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Wednesday, June 04, 2008

ESPAÑA: Las quejas sobre Educación al Defensor del Pueblo crecen un 57% en 2007

CHILE NO TIENE DEFENSOR DEL PUEBLO: ¿SE IMAGINAN LOS RECLAMOS COMO SERÍAN EN CHILE?

 

Las quejas sobre Educación al Defensor del Pueblo crecen un 57% en 2007

M. R. G.
CÓRDOBA. Los ciudadanos de la provincia presentaron el año pasado 44 quejas ante la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, por cuestiones relativas a Educación, según recoge el informe de 2007 de este organismo. Esto supone un crecimiento del 57 por ciento en el número de escritos respecto a los 28 registrados en 2006, y sitúa al área de Educación de Córdoba como la segunda que más consultas generó.
A raíz de las quejas presentadas, el Defensor del Pueblo Andaluz tuvo que dirigirse hasta en 17 ocasiones (cinco más que en 2006) a la Delegación de Educación. En la mayoría de los casos, la Administración tardó dos meses en contestar, aunque se hizo una «advertencia» al organismo en una ocasión.
El informe anual no especifica el motivo de las quejas recibidas de la provincia, aunque a nivel andaluz la mayoría de los escritos se refieren a cuestiones relacionadas con el proceso de escolarización, la situación de las infraestructuras escolares y los problemas de convivencia en los centros educativos, un apartado en el que el informe incluye dos quejas presentadas por Córdoba y que fueron resueltas favorablemente.
Al margen de estas cuestiones, el documento destaca la queja 07/5279, en la que un padre cordobés expone el retraso en la entrega de los cheque-libros para la adquisición de material de texto e indica que a fecha de 22 de noviembre de 2007 su hijo aún no disponía de los manuales necesarios para seguir las clases.
En su análisis general, el documento dedica un apartado destacado a los problemas de escolarización. En 2007, los andaluces emitieron 620 quejas relativas a Educación, de las que 170, casi el 30 por ciento, se referían al sistema de inscripción de alumnos. Es una tendencia similar a la de ejercicios anteriores.
Por ello, un año más, el Defensor del Pueblo insta a la Consejería de Educación a que arbitre medidas para reducir el clima de «crispación» ante los criterios de admisión y «litigiosidad» por los fraudes detectados en el proceso.
Más para los hermanos
En este sentido, el texto eleva una serie de recomendaciones para mejorar el sistema de escolarización. En primer lugar, propone una rectificación de los criterios de admisión en los que se otorgue la máxima puntuación a la existencia de un hermano del solicitante ya matriculado en el centro y se diferencie el domicilio familiar del domicilio laboral, concediendo una mayor puntuación al primero.
El Defensor del Pueblo considera que con estas medidas se evitaría la existencia de hermanos matriculados en centros diferentes, una problemática que se repite curso tras curso. En el caso de Córdoba, el año pasado, coincidiendo con el periodo al que se refiere el informe, setenta familias se encontraron al final de la escolarización con los hijos matriculados en distintos centros, y este año ya se han constatado 25 casos.
Además, tal y como consta en un estudio de la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (Ceapa), Andalucía se distingue por ser una de las pocas comunidades autónomas, junto con Extremadura y Murcia, que conceden más puntuación por el domicilio que por los hermanos, independientemente de que en caso de empate prime este último criterio.
El documento del Defensor del Pueblo hace, por último, una referencia al papel de la Administración en el proceso de admisión y demanda: que las Delegaciones Provinciales revisen de oficio todas las solicitudes presentadas en centros donde la oferta de plazas no fuese suficiente para atender la demanda e investiguen aquellas en que apareciesen indicios de posible irregularidad. El Defensor ya hizo esta recomendación en 2006 y, de momento, la Junta de Andalucía no la ha tenido en cuenta.
CHILE NO TIENE AUN UN DEFENSOR DEL PUEBLO, NUESTRA DEMOCRACIA ESTA COJA, EXIJAMOS
 AL CONGRESO CHILENO  UNA LEY QUE LO CREE.EXISTE UNA LEY EN TRAMITACION QUE CREA LA
DEFENSORIA DE LAS PERSONAS...BUENO QUE SE APRUEBE PRONTO.

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